INFORMACIÓN SOBRE ÓRGANOS DE SELECCIÓN DE PERSONAL
La selección de personal en la Agencia Pública de Puertos de Andalucía se efectúa de acuerdo con lo previsto en el Artículo 21 del Vigente Convenio Colectivo (B.O.J.A. 233 de 27/11/2007): “La selección del personal que deba cubrir cada puesto de trabajo se realizará atendiendo a criterios objetivos de idoneidad, garantizándose la concurrencia de candidatos, llevándose a cabo según se especifique en cada caso mediante los sistemas de concurso-oposición, concurso u oposición, de valoración de méritos.”
El Órgano de Selección de personal. Se compone por los siguientes miembros:
Presidente / Presidenta: Jefatura de Área Económica y de Recursos Humanos.
Secretario/ Secretaria: Jefatura del Departamento de Recursos Humanos.
Vocal: Asesoría Técnica del Departamento de Recursos Humanos.
La Comisión Paritaria de Perfiles:
El apartado 5 del Art. 21 del V CC establece la creación de un Grupo de Trabajo de composición paritaria, con hasta dos integrantes por cada una de las partes (representación de los trabajadores y representación empresarial), para la definición de los criterios generales de los perfiles, materias y otras características que deban reunir los candidatos de cada proceso de selección del Convenio Colectivo.
La Comisión de Valoración
El apartado 6 del Art. 21 del V CC establece la creación de una Comisión de Evaluación compuesta por dos representantes de la Empresa y un representante de los Trabajadores que valorará a los candidatos seleccionados mediante los resultados de la convocatoria y, en su caso, de las pruebas previamente realizadas por la Empresa y realizará la propuesta de resolución.