Concesiones Administrativas
A) OBJETO Y PLAZO
De conformidad con lo previsto en el artículo 24 de la Ley 21/2007, de 18 de diciembre, de Régimen Jurídico y Económico de los Puertos de Andalucía, la ocupación del dominio público portuario con obras o instalaciones fijas, así como cualquier tipo de ocupación por plazo superior a tres años, estará sujeta a concesión.
El título de otorgamiento determinará el plazo de la concesión y sus posibles prórrogas, sin que en ningún caso el plazo total pueda exceder de 50 años.
B) PROCEDIMIENTO DE OTORGAMIENTO
Dicho procedimiento podrá iniciarse a solicitud del interesado o por concurso convocado al efecto por la Agencia.
En el supuesto de iniciación a solicitud del interesado, la petición deberá adjuntar la documentación detallada en el apartado c).
En el supuesto de concurso, el órgano competente para la resolución aprobará el pliego de bases que ha de regirlo, los criterios para su adjudicación, así como el pliego de condiciones que regulará el título demanial. La convocatoria se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía así como en la presente página web.
C) SOLICITUD
Recuerde que antes de realizar el esfuerzo de aportar toda la documentación necesaria, es necesario que se dirija al Departamento de Gestión de Activos a través del correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., incluyendo sus datos de contacto, el objeto de su solicitud y la actividad que se pretende desarrollar, para valorar con carácter previo la viabilidad de su solicitud, y asignarle el número de referencia que debe incluir en la presente solicitud dentro del apartado objeto “REFERENCIA APPA DGA”.
El interesado deberá formular solicitud, dirigida a la Agencia Pública de Puertos de Andalucía conforme al modelo adjunto.
Reservas de atraque