NOTIFICACIÓN A USUARIOS CON CONTRATO BASE
El pasado 1 de enero de 2012 se produjo la entrada en vigor del Decreto 368/2011, de 20 de diciembre, por el que se establece el régimen jurídico de los servicios públicos portuarios, de las actividades comerciales e industriales, y de las tasas de los puertos de Andalucía (Publicado en el BOJA nº 255 de 31 de diciembre de 2011), y con ello, en virtud de lo establecido en su disposición transitoria segunda, la del Título IV de la Ley 21/2007, de 18 de diciembre, de Régimen Jurídico y Económico de los puertos de Andalucía (BOJA nº 253 de 27 de diciembre de 2007), relativo a las tasas portuarias.
Las referidas normas establecen un nuevo régimen jurídico para las tasas portuarias exigidas por la prestación de los servicios públicos, y con ello una modificación de la cuantía de las mismas, que podrán consultar en la página web de esta Agencia.
Dadas las bonificaciones que en cada supuesto concreto pudieran resultar de aplicación, para una información individualizada podrán dirigirse a las oficinas de cada Puerto.
Finalmente, recordar que a efectos de la renovación del contrato base deberá aportar, en el caso de no haberla presentado con anterioridad, la documentación que a continuación se detalla, con carácter previo a la firma del mismo:
- DNI.
- Recibo de estar al corriente de pago del Seguro obligatorio, actuando como tomador el propietario de la embarcación.
LA DIRECTORA DE PUERTOS
AGENCIA PÚBLICA DE PUERTOS DE ANDALUCÍA