Funciones en relación con las áreas de transporte de mercancías
- Propuesta de planificación de las áreas destinadas a prestar servicios al transporte de mercancías.
- Obtención, urbanización y gestión de los suelos necesarios para la implantación de las Áreas de Transporte de Mercancías en los términos establecidos en la Ley 5/2001, de 4 de junio, de Áreas de Transporte de Mercancías.
- Inspección y control de los Centros de Transporte de Mercancías de interés autonómico, así como fiscalizar, en su caso, la actividad de los entes gestores de las mismas.
- Elaboración de los Reglamentos de Régimen Interior y de Servicio de cada Centro de Transporte de Mercancías, así como velar por su observancia, adoptando las medidas y/o sanciones que procedan en las Áreas y Centros de Transporte de Mercancías gestionados, directa o indirectamente, por la Agencia.
- Propuesta a la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda sobre el establecimiento y modificación de Centros de Transporte de Mercancías y de Estaciones de Transporte de Mercancías de carácter supramunicipal.
- Propuesta a la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda sobre la aprobación y modificación de los planes funcionales de los Centros de Transporte de Mercancías.
- Control y seguimiento del establecimiento de Estaciones de Transporte de Mercancías de carácter municipal.
- En los términos que al respecto establece el artículo 14 de la Ley 5/2001, de 4 de junio, de áreas de Transporte de Mercancías en la Comunidad Autónoma, podrá acordar la realización de aportaciones financieras para la construcción y desarrollo de las áreas de transporte, e incluso elevar propuesta a la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda, para que por parte de la Administración de la Comunidad Autónoma se asuma la iniciativa, promoción, establecimiento y gestión de las mismas, en ausencia de la correspondiente iniciativa de las Entidades Locales.
- Dirección y control de los Centros de Transporte de Mercancías gestionados directamente por la Agencia Pública, sin perjuicio de que se pueda confiar su desarrollo efectivo a otras entidades públicas o privadas conforme a la legislación vigente.
- El otorgamiento, modificación, rescate, reversión y caducidad de concesiones en áreas de transporte de mercancías gestionadas por la Entidad.
- Propuesta a la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda para la aprobación, actualización, revisión y modificación de las tarifas y cánones a abonar por los concesionarios y usuarios de los espacios dotacionales.
- Ejercer las potestades de policía y tutela sobre las áreas de transporte de mercancías gestionadas por la Agencia.
- Establecer las condiciones, incluídas las del precio, en los actos dispositicos de cualquier tipo, enajenación, gravamen, alquiler, y cualesquiera otra que procedan, sobre el suelo de carácter patrimonial de las Áreas de Transporte de Mercancías gestionadas por APPA.
- En las Áreas de Transporte de Mercancías gestionadas por entidades constituidas para tal fin, APPA cursará instrucciones a sus representantes en los órganos de administración de tales entidades, en relación con las condiciones, incluídas las de precio, en los actos dispositivos, de cualquier tipo, enajenación, gravamen, alquiler y cualesquiera otras que procedan, sobre el suelo de carácter patrimonial.