EL GOBIERNO DE ESPAÑA PÚBLICA EN EL BOE DE 2/06/2020 – ORDEN SDN/487/2020, DE 1 DE JUNIO, POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS CONDICIONES A APLICAR EN LAS FASES 2 Y 3 EN MATERIA DE EMBARCACIONES DE TRANSPORTE DE PASAJEROS Y DE RECREO. ART. 6 Y 7
El Gobierno de España pública en el BOE de 2/06/2020 – Orden SDN/487/2020, de 1 de junio, por el que se establecen las condiciones a aplicar en las fases 2 y 3 del Plan de Transición hacia una Nueva Normalidad en materia de embarcaciones de transporte de pasajeros y de recreo. Art. 6 y 7
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