NUEVAS TRIPLETAS EN AGENCIAS PÚBLICAS EMPRESARIALES
A partir del 01/01/2021 la Agencia Pública de Puertos de Andalucía (APPA) junto con el resto de Agencias Públicas Empresariales se incorpora en el Sistema Contable GIRO y pasa a tener Contabilidad Presupuestaria.
Esto va a conllevar multitud de cambios a la hora de tramitar y pagar facturas.
De momento, queremos resaltar lo siguiente:
Todas las facturas que haya que pagar la APPA a partir del 01/01/2021, tendrán que ser recepcionadas a través del PUEF (Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas de la Comunidad Autónoma de Andalucía), https://juntadeandalucia.e-factura.net/puef/sendInvoicView.htm o a través del FACE (Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas del Estado) https://face.gob.es/es/facturas/remitir-factura de acuerdo con la Ley 25/2012, de 27 de diciembre, de Impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público.
Para ello, es necesario que los Proveedores conozcan la Tripleta DIR3 asignada a APPA, para que las consignen en las facturas que se reciban a partir del 01/01/2021 (correspondiente al ejercicio 2021) a través de PUEF o FACE, y es la siguiente:
OF.CON. DIR3 |
C_DNM_OF.CONTABLE |
UT.DIR3 |
C_DNM_UD_TRAMITADORA |
OG.DIR3 |
C_DNM_UD_O.GESTOR |
A01004456 |
Intervención General de la Junta de Andalucia |
GE0017247 |
Unidad Registro Factura Agencia Pública de Puertos de Andalucía |
A01010293 |
Agencia Pública de Puertos de Andalucía |
Oficina Contable: A01004456
Órgano Gestor: A01010293
Unidad Tramitadora: GE0017247
La excepción a esta norma serán aquellas facturas que no superen los 5.000 euros, que podrán seguir entregándose en papel en el registro de APPA, o en los puertos, o bien en el registro telemático subiendo el PDF de la factura (no están obligados a remitirlas a través de PUEF o FACE), salvo que hayan enviando con anterioridad (dicho proveedor) alguna factura por PUEF o FACE a nivel de la Junta de Andalucía, en cuyo caso tendrá que enviar a partir de dicho momento todas las facturas a través de PUEF o FACE, aunque no superen los 5.000 euros.
NOTA IMPORTANTE: Las Sociedades Anónimas y las Sociedades Limitadas están obligadas a remitir sus facturas a través de PUEF o FACE, aunque su importe sea inferior a 5.000 euros.
Desaparecen las domiciliaciones de pago, por lo que los proveedores con facturas domiciliadas deberán remitir sus facturas según lo indicado al menos cuatro semanas antes de la fecha de vencimiento, para asegurarnos que cumplimos con el pago de sus facturas por transferencia en la fecha de vencimiento.
NOTA IMPORTANTE: Téngase en cuenta que las facturas recibidas a través de PUEF o FACE se procesan mucho más rápido la tramitación (aceptación, conformidad, imputación) hasta su inclusión en una previsión de pagos por transferencia en comparación con las facturas recibidas (en papel o telemático) en el registro de APPA.